Según lo dicho en el Decreto 1601 del 2022, ¿en qué caso un independiente cuenta propia no debe realizar aportes obligatorios al sistema de seguridad social?
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Según el Decreto 1601 del 5 de agosto de 2022, el cual regula la base de liquidación de aportes de los trabajadores independientes por cuenta propia o con contrato diferente al de prestación de servicios, los obligados a realizar aportes a seguridad social por cuenta propia son aquellos independientes que obtengan ingresos netos sean iguales o superiores a un salario mínimo legal mensual vigente.
Dicho decreto, además, estableció que el ingreso neto es aquel recibido por el trabajador independiente por cuenta propia o con contrato diferente al de prestación de servicios una vez sean descontadas las expensas en los términos señalados en el artículo 107 del Estatuto Tributario o la aplicación del esquema de presunción de costos establecido en el presente decreto.
La Dra. Angie Marcela Vargas explica mediante un ejemplo práctico y comparativo cómo se calculaba el ingreso base de cotización de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 244 de la Ley 1955 del 2019 y cómo se debe calcular el ingreso base de cotización según lo dispuesto por el Decreto 1601 de 2022 en la actualidad, así como el cálculo de los aportes a seguridad social.
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